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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245838
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 80, Séptima Parte; Pág. 23

PRESCRIPCION ADQUISITIVA. NO ES SUFICIENTE REVELAR LA CAUSA GENERADORA DE LA POSESION SINO QUE DEBE ACREDITARSE PLENAMENTE MEDIANTE LAS PRUEBAS IDONEAS EN ATENCION A LA CAUSA QUE SE INVOCA.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 80, Séptima Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 921/73. Bertha Velia Ochoa Rodríguez. 29 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Informe 1975, página 83. Queja 74/69. Antero R. Flores Rendón y coagraviados. 5 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 272, página 817, bajo el rubro "PRESCRIPCION ADQUISITIVA. NECESIDAD DE REVELAR LA CAUSA DE LA POSESION.".
Registro digital (IUS): 245838