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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245855
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 76, Séptima Parte; Pág. 13

ALIMENTOS, PENSIONES NO CUBIERTAS POR CONCEPTO DE. SOLO PUEDEN COBRARSE EN CASO DE EXCEPCION.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 76, Séptima Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 4667/72. Leonarda Torres. 17 de abril de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Gabriel Santos Ayala.
Registro digital (IUS): 245855