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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 75, Séptima Parte; Pág. 13
ACCION REIVINDICATORIA. COMPRADOR DE BUENA FE.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 75, Séptima Parte; Pág. 13
Si la actora no autorizó a una sociedad anónima para que vendiera la casa de su propiedad, ni a recibir el precio en forma total o parcial, y el demandado pagó en partes a los representantes de la mencionada sociedad, sin cerciorarse previamente de que esa razón social estaba autorizada para recibir el precio en forma total o parcial, esta omisión, por muy grave que sea en perjuicio del demandado, no es suficiente para concluir, que no se acreditaron los elementos de la acción reivindicatoria, aun cuando dicho demandado adquirió de la sociedad anónima, de buena fe, pues no por eso la actora deja de ser propietaria del inmueble, ni pierde su derecho a recuperar la posesión del mismo.
Precedentes
Amparo directo 2346/73. Gustavo Pérez García. 4 de marzo de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Téllez Cruces. Secretaria: María del Carmen Pérez H.