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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 73, Séptima Parte; Pág. 13
AGRARIO. BIENES COMUNALES. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DE RECONOCIMIENTO Y TITULACION. AMPARO PROCEDENTE EN SU CONTRA. NO OPERA LA IMPROCEDENCIA PREVISTA EN LA FRACCION XIV DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 73, Séptima Parte; Pág. 13
Cuando se impugna un mandamiento presidencial sobre reconocimiento y titulación de bienes comunales, el juicio de amparo no debe sobreseerse con apoyo en el artículo 27, fracción XIV, de la Carta Magna, si el quejoso no tiene certificado de inafectabilidad, pues aquél se halla regulado por presupuestos diferentes a los que norman los casos de dotación y restitución de ejidos y agua, y cuenta, por ende, con un régimen distinto, al que no se refiere la aludida fracción XIV. De aquí que no sea exigible a los quejosos, para determinar la existencia de la acción constitucional, la tenencia del certificado de inafectabilidad correspondiente. Por tanto, la improcedencia del juicio de garantías a que se refiere el artículo 27, fracción XIV, de la ley fundamental, se limita, en materia de tierras y aguas, a los problemas de dotación y restitución y no comprende el diverso de confirmación y titulación de bienes comunales.
Precedentes
Amparo en revisión 9965/65. Gustavo Alvarez Varela y otra. 31 de enero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 48, Tercera Parte, página 34, jurisprudencia de rubro "AGRARIO. BIENES COMUNALES. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES EN MATERIA DE CONFIRMACION Y TITULACION. AMPARO PROCEDENTE EN SU CONTRA. NO OPERA LA IMPROCEDENCIA PREVISTA EN LA FRACCION XIV DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "BIENES COMUNALES. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DE RECONOCIMIENTO Y TITULACION DE.".