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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245882
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 72, Séptima Parte; Pág. 46
AGRARIO. SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO SOCIAL AGRARIO EN RELACION CON LAS OBLIGACIONES DE LOS JUECES DE DISTRITO EN MATERIA DE PRUEBAS.
[J]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 72, Séptima Parte; Pág. 46
Es norma fundamental del amparo social agrario, con arreglo al tercer párrafo del artículo 78 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, la obligación, a cargo del Juez de Distrito, de recabar de oficio, las pruebas directamente relacionadas con las cuestiones constitucionales o legales debatidas en un juicio de garantías. La sola enunciación de esta regla fundamental obliga a su coordinación con lo que dispone el último párrafo del artículo 157 de la nombrada ley reglamentaria, en el sentido de que los Jueces de Distrito "deberán solicitar, de las autoridades responsables y de las agrarias, copias de las resoluciones, planos, censos, certificados, títulos y, en general, todas las pruebas necesarias ", para precisar los derechos agrarios de los núcleos de población beneficiados con restituciones o dotaciones de tierras.
Precedentes
Séptima Epoca, Séptima Parte:
Volumen 22, página 56. Amparo en revisión 9057/64. Magdalena Franch Martínez de Chaul. 29 de octubre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Felipe Canudas Orezza.
Volumen 22, página 56. Amparo en revisión 1813/65. Olivia Franch de Sánchez. 29 de octubre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Felipe Canudas Orezza.
Volumen 72, página 15. Amparo en revisión 3019/66. Alfredo Yépiz R. y coagraviados. 17 de noviembre de 1970. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 72, página 15. Amparo en revisión 5935/67. Antonio Cabrera y coagraviados. 17 de noviembre de 1970. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 72, página 15. Amparo en revisión 7110/60. Fernando Aguilar R. 17 de noviembre de 1970. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.