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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 68, Séptima Parte; Pág. 15
LEYES, INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS. DEMOSTRACION.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 68, Séptima Parte; Pág. 15
Para que se declare la inconstitucionalidad de una ley, se requiere la demostración por parte del quejoso, de que esa ley contraría algún precepto de la Constitución misma, sin que para ello pudiera ser bastante que se demostrase que ley ordinaria impugnada es contraria al texto de un decreto presidencial.
Precedentes
Amparo en revisión 7892/60. Victoriano Sánchez. 2 de agosto de 1974. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Gabriel Santos Ayala.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "CONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY.".