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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245931
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 64, Séptima Parte; Pág. 14

AGRARIO. FRACCIONAMIENTOS O DIVISIONES DE PREDIOS AFECTABLES. NULIDAD DE LAS VENTAS DE LOTES EFECTUADOS CON POSTERIORIDAD A LA PUBLICACION DE LA SOLICITUD DE TIERRAS. TIENE LUGAR PARA LOS NUCLEOS DE POBLACION. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO EN APLICACION DEL ARTICULO 64 DEL CODIGO AGRARIO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 64, Séptima Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 6886/64. Núcleo de Población Cuahueloco, Municipio de Ixhuatlán de Madero, Veracruz. 24 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "IMPROCEDENCIA DEL AMPARO, SI LA EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL NO AFECTA INTERESES JURIDICOS DEL QUEJOSO, POR SER NULA LA COMPRA DEL PREDIO AFECTADO.".
Registro digital (IUS): 245931