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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 55, Séptima Parte; Pág. 21
HOMICIDIO, CUERPO DEL DELITO DE. COMPROBACION EN AUSENCIA DEL CADAVER (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO)
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 55, Séptima Parte; Pág. 21
Si no se localiza el cadáver y no existen testigos que lo hayan visto para que pudieran dar los datos del número de lesiones o huellas exteriores de violencia que presentara el mismo, la comprobación de ilícito debe basarse únicamente en los testimonios que se refieren a la existencia de la persona del sujeto pasivo del delito, a sus costumbres, a su carácter, a su estado físico, al último lugar en que el que se da por muerto haya sido visto con vida, y a la posibilidad de que el cadáver haya sido ocultado o destruido, así como a los motivos que hagan suponer la existencia de un delito, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 484 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco.
Precedentes
Amparo directo 7818/63. Alberto Cárdenas Cárdenas. 12 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Amparo directo 6762/63. J. Ventura Virgen. 12 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.