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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245996
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 54, Séptima Parte; Pág. 27

AGRARIO. MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO EN SU CONTRA POR NO CONSTITUIR ACTOS DEFINITIVOS.

[J]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 54, Séptima Parte; Pág. 27

Precedentes

Séptima Epoca, Séptima Parte: Volumen 26, página 15. Amparo en revisión 9714/66. Hesiquio Martínez Cruz. 16 de febrero de 1971. Cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Volumen 28, página 14. Amparo en revisión 258/65. María Sahagún de Arceo y Miguel Arceo Sahagún y coagraviados. 1o. de abril de 1971. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 33, página 16. Amparo en revisión 5439/67. Raúl Villegas López. 8 de septiembre de 1971. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 51, página 15. Amparo en revisión 4435/67. Poblado Nuevo Sinaloa, Municipio de Ahome, Sinaloa. 20 de marzo de 1973. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Volumen 52, página 14. Amparo en revisión 3853/67. Jesús Rimoldi Pitones. 24 de abril de 1973. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.
Registro digital (IUS): 245996