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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 53, Séptima Parte; Pág. 14
AGRARIO. PLANO DE LOCALIZACION DE TIERRAS DOTADAS APROBADO. FORMA PARTE DE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL. EJECUCION QUE SE APARTA DEL MISMO. ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 53, Séptima Parte; Pág. 14
La fracción V del artículo 252 del Código Agrario dispone que el plano de localización de ejidos aprobado forma parte integrante de la resolución presidencial; eso quiere decir que para que la ejecución de una resolución presidencial sea correcta, debe comprender exactamente los terrenos incluidos en su plano de localización de ejidos aprobado, y que si no es así, la propia ejecución resulta indebida y violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión 7441/61. Manuel Enrique Velderrain Ayala. 4 de mayo de 1973. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez.