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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 46, Séptima Parte; Pág. 17
AGRARIO. RESOLUCION PRESIDENCIAL DOTATORIA DE EJIDO. POSESION QUE CONFIERE AL NUCLEO BENEFICIADO. ES PREVALECIENTE.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 46, Séptima Parte; Pág. 17
Otorgada la posesión en los términos del artículo 130 del Código Agrario, ésta prevalece frente a cualquier otra detentación que se apoye en diversas fundamentaciones, siendo inexistente cualquier acto que la contraríe, en los términos del artículo 139 del mismo ordenamiento.
Precedentes
Amparo en revisión 8675/66. Natividad Reyes Mariscal. 4 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. POSESION DEFINITIVA A UN NUCLEO DE POBLACION BENEFICIADO POR UNA RESOLUCION DOTATORIA DE EJIDOS.".