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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246054
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 44, Séptima Parte; Pág. 57

AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. AUDIENCIA. RECLAMACION DE LA VIOLACION DE ESTA GARANTIA. INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 275 DEL CODIGO AGRARIO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 44, Séptima Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo en revisión 3937/64. Gaspar Zaragoza Maytorena y coagraviados. 17 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "AUDIENCIA, GARANTIA DE. CONFORME AL ARTICULO 275 DEL CODIGO AGRARIO, DEBE SATISFACERSE ANTES DE QUE SE DICTE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL CORRESPONDIENTE.".
Registro digital (IUS): 246054