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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246082
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 41, Séptima Parte; Pág. 15

QUEJA, RECURSO DE. CASO PREVISTO EN LA FRACCION IX DEL ARTICULO 95 DE LA LEY DE AMPARO. INCOMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 41, Séptima Parte; Pág. 15

Precedentes

Queja 73/66. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de mayo de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "INCOMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR PARA CONOCER DEL RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN LA FRACCION IX DEL ARTICULO 95 DE LA LEY DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 246082