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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246158
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 32, Séptima Parte; Pág. 65
LEGITIMA DEFENSA, INEXISTENCIA DE LA REPULSA DE LA AGRESION EN LA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 32, Séptima Parte; Pág. 65
Los elementos de convicción no revelan la repulsa por parte del acusado de una agresión actual, violenta y sin derecho por parte de la víctima, de la cual hubiera resultado un peligro inminente para su persona, si se establece que impulsado por su afán e ira incontenibles para vengar una afrenta que recibió su hermana, buscó al hoy occiso, lo encontró y le disparo causándole la muerte; obviamente, tal conducta resulta inadmisible contemplarla bajo la hipótesis de legítima defensa, ya que indudablemente no existió agresión en su contra y, en todo caso, de haberla, pudo preverla y evitarla por los medios legales a su alcance, elementos que desplazan sin la menor duda la excluyente de incriminación referida.
Precedentes
Amparo directo 2435/66. Everardo Murillo Martínez. 30 de agosto de 1971. Cinco votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.