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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 31, Séptima Parte; Pág. 27
COPIAS FOTOSTATICAS EN MATERIA LABORAL.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 31, Séptima Parte; Pág. 27
Si se presentan solas sin exhibir los documentos originales de donde provienen, las juntas de conciliación no están en el caso de admitirlas pura y simplemente, y menos en la audiencia probatoria, puesto que la eficacia de las mismas depende de que se decrete el reconocimiento de firmas respectivo, el cual no es posible hacer frente a las susodichas copias fotostáticas.
Precedentes
Amparo directo 6662/61. Gabriel Sotres Pierres. 16 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Castellano.
Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "COPIAS FOTOSTATICAS.".