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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 26, Séptima Parte; Pág. 13
AGRARIO. AUTORIDADES AGRARIAS. EJECUCIONES DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. FACULTAD PARA INTENTAR NUEVOS PROCEDIMIENTOS CUANDO LA EJECUCION NO SE HA LLEVADO A CABO EN SU TOTALIDAD.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 26, Séptima Parte; Pág. 13
Cuando una resolución presidencial dotatoria o restitutoria de ejidos no ha sido cumplida en sus términos, sino sólo parcialmente, las autoridades agrarias tienen facultades legales para intentar nuevos procedimientos con la finalidad de que, con su intervención, se ejecute el fallo en su totalidad, precisamente en bienes de la persona en quien se fincó la afectación.
Precedentes
A.R. 668/66. Dionisio Barrios Martínez y coagraviados. 4 de febrero de 1971. Cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero.
Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "AUTORIDADES AGRARIAS, PUEDEN INTENTAR NUEVOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL, CUANDO ESTA NO HAYA SIDO EJECUTADA EN SU TOTALIDAD.".