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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246248
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 23, Séptima Parte; Pág. 23

AGRARIO. BIENES COMUNALES. CONFLICTO DE LIMITES ENTRE UN PUEBLO Y UN PARTICULAR. NO ES APLICABLE EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO A QUE SE REFIERE LA FRACCION VII DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 23, Séptima Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 6323/65. Poblado de San Simón, Municipio de Tejupilco, Estado de México. 17 de noviembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Luis Felipe Canudas Orezza. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. CONFLICTOS DE LIMITES DE TERRENOS COMUNALES. EL PROCEDIMIENTO PARA SU RESOLUCION NO ES APLICABLE CUANDO CONTIENDEN UN PUEBLO Y UN PARTICULAR.".
Registro digital (IUS): 246248