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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246250
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 23, Séptima Parte; Pág. 25

AGRARIO. MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES. EJECUCION. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 23, Séptima Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo en revisión 6386/66. Alejandro Meade Diez Gutiérrez. 11 de noviembre de 1970. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Capponi Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 5990/66. Irma Antolín viuda de Garfias. 11 de noviembre de 1969. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Capponi Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. EJECUCION DE MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 246250