Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/246281
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246281
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 23, Séptima Parte; Pág. 97
TENTATIVA IMPOSIBLE POR FALTA DE OBJETO (LEGISLACIONES DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES, Y DEL ESTADO DE DURANGO).
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 23, Séptima Parte; Pág. 97
El artículo 6o. del Código Penal del Estado de Durango, cuyo contenido es idéntico al del artículo 12 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, aplicable en toda la República en materia federal, no contempla los actos encaminados directa e inmediatamente a la realización de un no delito, sino de un hecho típico definido por la ley como delito; luego entonces, si el acusado amenazó a la víctima con privarla de la vida si no entregaba una suma de dinero en hora y lugar prefijados, y el sujeto pasivo sólo llevó a ese sitio un sobre cerrado, sin dinero ni valores en su interior, se debe afirmar que el apoderamiento del sobre por parte del procesado, constituye una tentativa imposible de robo, porque no se puede robar lo que no existe, y tampoco se puede empezar a robar lo que no existe. Por lo mismo, la conducta es atípica por falta de objeto material sobre el que pudiera recaer la intención criminosa.
Precedentes
Amparo directo 3663/65. Federico Obregón M. 24 de noviembre de 1970. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretaria: Enriqueta Soto Rojas.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "TENTATIVA IMPOSIBLE POR FALTA DE OBJETO.".