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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246290
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 21, Séptima Parte; Pág. 33

AGRARIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO. SU NECESIDAD POR DEFECTO EN EL EMPLAZAMIENTO DEL POBLADO EJIDAL TERCERO PERJUDICADO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 21, Séptima Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo en revisión 7570/67. Nivea Flores Rendón y coagraviada. 24 de septiembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. SU NECESIDAD POR DEFECTO EN EL EMPLAZAMIENTO DEL POBLADO EJIDAL TERCERO PERJUDICADO.".
Registro digital (IUS): 246290