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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246344
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 16, Séptima Parte; Pág. 15
CONTRATOS, INTERPRETACION DE LOS, EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 16, Séptima Parte; Pág. 15
De conformidad con la teoría adoptada por el artículo 78 del Código de Comercio en cuanto a la interpretación de la voluntad de los contratantes, se afirma la preeminencia de la voluntad sobre su expresión material.
Precedentes
Amparo directo 2321/67. Miguel Vázquez Valeri. 14 de abril de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATOS. INTERPRETACION DE LOS.".