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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246361
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 12, Séptima Parte; Pág. 15
COACUSADO. VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 12, Séptima Parte; Pág. 15
La confesión del coacusado, tiene valor probatorio pleno cuando, sin eludir su responsabilidad, señale la responsabilidad de otro.
Precedentes
Amparo directo 9365/66. Salomón Reyes Carrillo y Antonio Ordóñez Ramos. 19 de junio de 1969. Mayoría de tres votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volúmenes III, V, X, XIX y XXX, páginas 47, 30, 29, 91 y 39, respectivamente, tesis de rubro "COACUSADO. VALOR DE SU DICHO.".