Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/246402
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246402
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 8, Séptima Parte; Pág. 14

AGRARIO. DERECHO DE PETICION. CESACION DE LOS EFECTOS DEL ACTO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 8, Séptima Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 3866/65. José Olmedo Gómez. 6 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "DERECHO DE PETICION. CESACION DE LOS EFECTOS DEL ACTO.".
Registro digital (IUS): 246402