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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246420
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 6, Séptima Parte; Pág. 13

AGRARIO. COMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR, PARA CONOCER DE LA REVISION INTERPUESTA CONTRA LA SENTENCIA DE UN JUEZ DE DISTRITO EN AMPAROS PROMOVIDOS POR EJIDATARIOS O COMUNEROS, EN LO PARTICULAR, CONTRA RESOLUCIONES AGRARIAS QUE AFECTEN SUS DERECHOS INDIVIDUALES.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 6, Séptima Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 4550/65. Angel Alvear Rodríguez. 30 de junio de 1969. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Capponi Guerrero y Alberto Jiménez Castro. Ponente: Luis Felipe Canudas Orezza. Amparo en revisión 4164/67. Bonifacio Genis Rubio y coagraviados. 30 de junio de 1969. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Capponi Guerrero y Alberto Jiménez Castro. Ponente: Luis Felipe Canudas. Amparo en revisión 5682/64. Ladislao Torres Medina y Fructuoso Fuentes Castro. 30 de junio de 1969. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Capponi Guerrero y Alberto Jiménez Castro. Ponente: Luis Felipe Canudas. Informe 1969, página 21. Amparo en revisión 3040/62. Atanasio Mucio Pichardo. 30 de junio de 1969. Unanimidad de tres votos. Disidentes: Antonio Capponi Guerrero y Alberto Jiménez Castro. Ponente: Luis Felipe Canudas.
Registro digital (IUS): 246420