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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246424
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 6, Séptima Parte; Pág. 19

AGRARIO. TRABAJOS TOPOGRAFICOS Y PREVIOS A UNA DOTACION. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 6, Séptima Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 10408/66 Héctor M. Alcocer y coagraviado. 23 de junio de 1969. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volumen 4, página 33. Amparo en revisión 4424/67. Aurelio Rangel Tapia y coagraviados. 18 de abril de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Volumen 3, página 48. Amparo en revisión 3350/66. Adolfo Herrera Cano y coagraviados. 17 de marzo de 1969. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero.
Registro digital (IUS): 246424