Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/246429
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246429
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 6, Séptima Parte; Pág. 51
ROBO, DELITO DE. COMPETENCIA. FERROCARRILES (LEGISLACION PENAL FEDERAL).
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 6, Séptima Parte; Pág. 51
El conocimiento de los robos de objetos pertenecientes a las compañías de concesión federal al servicio de los Ferrocarriles Nacionales de México, es de la competencia del fuero judicial federal, ya que tales hechos delictuosos son perpetrados en menoscabo de bienes afectados al funcionamiento de un servicio público federal, siendo aplicables los artículos 5o. de la Ley General de Vías de Comunicación y 41, inciso i), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Amparo directo 6722/65. Rigoberto Padilla Ruiz. 25 de junio de 1969. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Secretario: Vicente R. Arenal Martínez.
Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO DE ROBO (LEGISLACION PENAL FEDERAL).".