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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 246451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 3, Séptima Parte; Pág. 53
FERROCARRILEROS. DELITO IMPRUDENCIAL POR ABANDONO DE SU PUESTO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 3, Séptima Parte; Pág. 53
Si el acusado estaba encargado de hacer las señales correspondientes a otros trenes que posible y necesariamente venían atrás de aquel en que prestaba sus servicios y abandonó su puesto para atender labores diversas a las que tenía obligación de desempeñar sin causa justificada y sin tomar las medidas necesarias para que otra persona, con iguales conocimientos, lo sustituyera, ello le es imputable y no lo exime de su responsabilidad en el accidente que por tal causa ocurra.
Precedentes
Amparo directo 3781/65. Juan Delgado Rodríguez y coagraviado. 13 de marzo de 1969. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.