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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246452
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 3, Séptima Parte; Pág. 55

IMPROCEDENCIA, CAUSAS DE. SU EXISTENCIA HACE INNECESARIO EL ESTUDIO DE LAS VIOLACIONES ALEGADAS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 3, Séptima Parte; Pág. 55

Precedentes

Amparo en revisión 3630/66. Manuel Pérez Zamudio. 17 de marzo de 1969. Cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero.
Registro digital (IUS): 246452