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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
246454
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 3, Séptima Parte; Pág. 59

MINERIA. RECONSIDERACION. RECURSO PREVISTO EN EL ARTICULO 105 DE LA LEY MINERA. SU FALTA DE INTERPOSICION.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 3, Séptima Parte; Pág. 59

Precedentes

Amparo en revisión 7474/65. Ignacio Borbolla Gómez. 17 de marzo de 1969. Cinco votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "RECONSIDERACION, RECURSO DE, PREVISTO EN EL ARTICULO 105 DE LA LEY MINERA, SU FALTA DE INTERPOSICION.".
Registro digital (IUS): 246454