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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246463
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 18

ABOGADOS, AMPARO SIN MOTIVO, INTERPUESTOS POR. MULTA DEBIDA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 18

Precedentes

Reclamación 5/86. María de Jesús Padilla Hernández. 6 de noviembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Castellanos Rodríguez. Secretaria: Alicia Gómez Lagos. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO SIN MOTIVO.".
Registro digital (IUS): 246463