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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246497
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 36
AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. TIENEN FACULTAD PARA DESIGNAR UN REPRESENTANTE COMUN DE ENTRE LAS DIVERSAS PERSONAS QUE CONJUNTAMENTE CON ELLOS INTERPONGAN LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 36
Si de conformidad con el criterio sustentado por la Segunda Sala de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, los comisariados ejidales tienen la facultad de otorgar mandatos generales o especiales para la defensa de los intereses del núcleo de población que representan, (tesis consultable en la página 387 de la publicación hecha por dicha sala, titulada: "Precedentes que no han integrado jurisprudencia", 1969-1985); por identidad de razón, también están facultados para designar un representante común de entre las diversas personas que conjuntamente con ellos soliciten la protección de la justicia federal, porque, de conformidad con lo dispuesto por el último párrafo del artículo 5o. del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, "El representante común tendrá todas las facultades y obligaciones de un mandatario judicial"; es decir, que mediante dicha designación no están sino instituyendo un mandato que bien pudieran otorgar en alguna otra de las formas permitidas por la ley.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 176/87. Amín Castellanos Vázquez y coagraviados. 14 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Salvador Flores Carmona.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMISARIADOS EJIDALES. TIENEN FACULTAD PARA DESIGNAR UN REPRESENTANTE COMUN DE ENTRE LAS DIVERSAS PERSONAS QUE CONJUNTAMENTE CON ELLOS INTERPONGAN LA DEMANDA DE AMPARO.".