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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246510
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 45

AGRARIO. JUICIO PRIVATIVO DE DERECHOS. DEBE RESOLVERSE PREVIAMENTE AL CONFLICTO PARCELARIO, CUANDO AMBOS EXISTEN.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo en revisión 312/86. Javier Pérez Méndez. 20 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretario: Oscar Reynoso Rivera. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "JUICIO PRIVATIVO DE DERECHOS AGRARIOS. DEBE RESOLVERSE PREVIAMENTE AL CONFLICTO PARCELARIO, CUANDO AMBOS EXISTEN.".
Registro digital (IUS): 246510