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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246538
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 64

ALBACEA PROVISIONAL, LA AUTORIZACION PARA LITIGAR QUE SE OTORGA A LOS, ES UN REQUISITO PROCESAL, Y NO UN DERECHO QUE PUEDA PRESCRIBIR.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 64

Precedentes

Amparo directo 737/86. María del Carmen Sandoval Zavala y coagraviado. 5 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Joel González Jiménez. Secretario: Fernando Estrada Vázquez.
Registro digital (IUS): 246538