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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246601
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 104

AUDIENCIA DE CONCILIACION, COMPARECENCIA PERSONAL DE LOS REPRESENTANTES DE LAS PERSONAS MORALES A LA. ES OBLIGATORIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 104

Precedentes

Amparo en revisión 1376/87. Alfonso Garza Rentería. 19 de agosto de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Anastasio González Martínez. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "AUDIENCIA DE CONCILIACION. OBLIGACION DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL DEMANDADA, DE COMPARECER PERSONALMENTE.".
Registro digital (IUS): 246601