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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246626
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 123

AUTORIDADES RESPONSABLES NO DESIGNADAS. ACTUARIOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 123

Precedentes

Amparo en revisión 403/86. Martha Arroyo de Finberg. 27 de agosto de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 20/90 resuelta por la Tercera Sala, de la que derivó la tesis 3a./J. 33/90, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo VI, Primera Parte, julio a diciembre de 1990, página 186, con el rubro: "ACTUARIO. ES AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL AMPARO PROMOVIDO CONTRA EL EMPLAZAMIENTO."
Registro digital (IUS): 246626