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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 138
CAMBIO DE SITUACION JURIDICA. AMPARO PEDIDO POR TERCERO EXTRAÑO. NO LE AFECTA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 138
El cambio de situación jurídica respecto de los acusados en un proceso por el delito de despojo, no afecta al quejoso, que ostentándose tercero extraño al procedimiento, reclama la desposesión de un predio, en cumplimiento de una resolución dictada en contra de aquellos, si se toma en cuenta que el derecho que alega, es distinto al que se discute en el juicio penal.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 158/87. Ignacio Rivera y coagraviados. 21 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Jesús Rentería Dávalos.