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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246651
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 140
CARTA DE RECOMENDACION. NO ES APTA PARA PROBAR LA RELACION LABORAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 140
La documental consiste en una carta de recomendación que obra en el juicio, no conduce a probar el vínculo laboral, si, por una parte, no se hace constar en la misma, que el actor estuviera trabajando al servicio de la demandada, sino que se expresa que estuvo como interno del asilo durante dos años y que ayudaba manejando la camioneta, hechos que no constituyen la relación laboral, en los términos del artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo; por la otra, no se menciona el lapso en que el recomendado estuvo en calidad de interno y por último, la persona que suscribe la carta no expresa tener cargo en la institución y ni siquiera formar parte de la misma y por ende, representante de la asociación, por lo que la prueba mencionada no favorece al actor.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 573/87. Francisco Torres Gallegos. 23 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca. Secretario: Valentín Martínez Contreras.