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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246686
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 161

CONCURSO REAL. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA EN SEGUNDA INSTANCIA, CUANDO DESAPARECE EL DELITO MAYOR, UNICO SANCIONADO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 161

Precedentes

Amparo directo 148/87. Enrique Flores Herrera. 29 de abril de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Ballesteros Tena. Secretaria: María del Pilar Vargas Codina. Notas: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.2o.P. J/26, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo VII-Mayo, página 80, de rubro "CONCURSO REAL. PENA APLICABLE ANTE LA INCOMPROBACION DEL UNICO DELITO SANCIONADO.". En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CONCURSO REAL. PENA APLICABLE ANTE LA INCOMPROBACION DEL UNICO DELITO SANCIONADO.".
Registro digital (IUS): 246686