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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246693
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 165

CONFESION A CARGO DE QUIEN FUE EJECUTIVO DE LA EMPRESA DEMANDADA. OBLIGACIONES DE ESTA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 165

Precedentes

Amparo directo 327/87. José Luis Ruiz Martínez. 27 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Salvador Arriaga García. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 205-216, página 125. Amparo directo 193/85. Ramona Josefina Alfaro Rico. 13 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Pedro Galeana de la Cruz. Nota: En los Volúmenes 205-216, Sexta Parte, página 125 y en los Informes de 1986 y 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION, PRUEBA DE, A CARGO DE QUIEN HA DEJADO DE SER FUNCIONARIO DE LA EMPRESA DEMANDADA.".
Registro digital (IUS): 246693