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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 170
CONFESIONAL, RENDIDA EN DIVERSO JUICIO, CARENCIA DE VALOR DE LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 170
Las copias certificadas relativas a actuaciones de un juicio de diversa índole que contengan el resultado de una prueba confesional a cargo de una de las partes que intervienen en un juicio de garantías, carece de eficacia probatoria, pues de lo contrario estaría en pugna con lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley de Amparo, que permite toda clase de prueba, excepto la de posiciones y las que fueren contra la moral o contra el derecho.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 159/87. Josefina González Vega. 17 de noviembre de 1987. Ponente: Juan Solórzano Zavala. Secretario: Sergio Rafael Barba Crosby.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESIONAL, CARECE DE VALOR LA, RENDIDA EN DIVERSO JUICIO.".