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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246702
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 170

CONSIGNACION. NO ES NECESARIO PROMOVER JUICIO DE LIBERACION, CUANDO ESTA SE HACE DIRECTAMENTE EN JUICIO Y NO COMO ACTO PREJUDICIAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 170

Precedentes

Amparo directo 282/86. Carlos Ramos Orozco. 2 de septiembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Secretario: Isidro Miguel Covarrubias Covarrubias.
Registro digital (IUS): 246702