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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246749
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 202

DEMANDA DE AMPARO PRESENTADA ANTE AUTORIDAD INCOMPETENTE. CASO EN QUE NO ES EXTEMPORANEA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 202

Precedentes

Amparo en revisión 29/87. María de Jesús Martínez Pérez y coagraviados. 5 de marzo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Zárate Sánchez. Secretaria: María Luisa Martínez de Maldonado. Improcedencia 640/75. Apolonio Romo Amaya. 19 de febrero de 1976. Ponente: Enrique Chan Vargas. Improcedencia 626/75. Florentino Mangas Mateos. 19 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Pedro Elías Soto Lara. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO NO EXTEMPORANEO POR PRESENTACION DE LA DEMANDA ANTE AUTORIDAD INCOMPETENTE.".
Registro digital (IUS): 246749