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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246755
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 205

DEMANDA, DESECHAMIENTO DE LA, CONTRA PERSONA DETERMINADA. ES VIOLACION PROCESAL NO RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 205

Precedentes

Amparo directo 4652/86. José Luis Castañeda Gómez. 5 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Pedro Pérez Popomeya. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION PROCESAL NO RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.".
Registro digital (IUS): 246755