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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246772
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 221

DESAHUCIO, JUICIO DE. ES APELABLE LA SENTENCIA QUE LO RESUELVA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 221

Precedentes

Reclamación 2/87. María de Jesús Calixto Padilla. 4 de marzo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente Ernesto Rosas Ruiz. Reclamación 6/87. Sabino Juárez Arias. 6 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz.
Registro digital (IUS): 246772