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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 223
DESISTIMIENTO DE LA ACCION LABORAL. SOLO OPERA EN EL PROPIO JUICIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 223
Si el actor desiste de las acciones ejercidas en un juicio laboral, es incuestionable que tal desistimiento no comprende las intentadas por el mismo trabajador en contra del mismo patrón en otro juicio laboral iniciado con anterioridad a aquél, aun cuando se argumente que son de la misma naturaleza, porque el desistimiento es un acto de voluntad que debe hacerse en el propio juicio para que conste en autos y produzca sus efectos legales, ya que éstos son autónomos e independientes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 441/87. Alimentos del Fuerte, S. A. de C. V. 24 de septiembre de 1987. Ponente: Pedro Esteban Penagos López. Secretaria: Margarita Pérez Avila.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION LABORAL, DESISTIMIENTO DE LA.".