Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/246790
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 230
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO DE MALA FE. JORNADA MAYOR A LA LEGAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 230
Cuando el trabajador expresa que laboraba de las trece a las veintiuna horas, seis días a la semana, y así lo reconoce la empresa demandada y ésta última ofrece el empleo con tal horario, dicha propuesta resulta de mala fe, ya que no se ajusta a la jornada mixta que establece el artículo 61 de la Ley Federal del Trabajo, pues de aceptar, el obrero se comprometería a trabajar permanentemente en esas condiciones, a lo que no puede obligársele legalmente.
TRIBUNAL COLEGIADO SUPERNUMERARIO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 88/3250/87. Desva, S. A. 30 de septiembre de 1987. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Jorge Ferrara Villalobos.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO DE MALA FE.".