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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246792
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 231

DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DE TRABAJO DE MALA FE SI SE PROPONE SIN EL SEPTIMO DIA DE DESCANSO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 231

Precedentes

Amparo directo 4343/86. Eduardo Sánchez de Teresa. 3 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Enrique Chan Cota. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "OFRECIMIENTO DE TRABAJO, DEBE CONSIDERARSE DE MALA FE SI SE PROPONE SIN EL SEPTIMO DIA DE DESCANSO.".
Registro digital (IUS): 246792