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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 237
DESPOJO. NO REQUIERE PARA SU CONFIGURACION QUE SE SEÑALEN CON PRECISION LAS MEDIDAS Y LINDEROS DEL INMUEBLE, SI DE AUTOS APARECE QUE NO EXISTE CONTROVERSIA EN CUANTO A LA IDENTIDAD DEL MISMO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 237
Si de las constancias que obran en autos aparece demostrado que la ofendida tenía la posesión del inmueble afecto a la causa, carece de relevancia para la configuración del ilícito en cuestión, la circunstancia de que los testigos no hayan señalado con exactitud, las medidas y linderos del inmueble, ya que además de que ello no es necesario para la configuración del delito, el haber aceptado el disconforme tener la llave de la finca, revela que no existe controversia en cuanto a la identidad del inmueble de mérito, y siendo ello así, carece también de relevancia el hecho de que la diligencia de inspección ocular de la finca se haya practicado sin testigos de identificación.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 159/87. J. Refugio Cortés Ramos. 4 de septiembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Montes Quintero.