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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246830
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 255

DOCUMENTOS FUNDATORIOS. SOLO EXISTE OBLIGACION DE ACOMPAÑAR A LA DEMANDA LOS QUE SEAN NECESARIOS PARA ACREDITAR LA ACCION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 255

Precedentes

Amparo directo 98/87. Antonio Zavala Herrera. 26 de marzo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "DOCUMENTOS. SOLO DEBEN ACOMPAÑARSE A LA DEMANDA. LOS QUE SEAN NECESARIOS PARA ACREDITAR LA ACCION.".
Registro digital (IUS): 246830