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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246846
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 266

EJECUTORIA DE AMPARO, PARA DETERMINAR SU EXACTO CUMPLIMIENTO LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO DEBE ATENDER A PRUEBAS POSTERIORES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 266

Precedentes

Queja 56/86. Juan C. Salazar Orea. 14 de enero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos.
Registro digital (IUS): 246846